martes, 11 de agosto de 2015

LOS ASESINOS DE BERRIOS

LA TERCERAhttp://www.latercera.com/noticia/nacional/2015/08/680-642548-9-corte-suprema-confirma-sentencia-contra-14-militares-en-caso-de-muerte-de.shtml

Corte Suprema confirma sentencia contra 14 militares 

en caso de muerte de Eugenio Berríos

En el aspecto civil se acogió el recurso de casación planteado por el Fisco y se rechazó la demanda civil de los familiares de la víctima. Entre los condenados se encuentran tres generales (R), uno de ellos, Fernando Torres Silva.

Angélica Baeza P.11 de agosto del 2015 / 15:08 Hrs
La Corte Suprema dictó sentencia definitiva en la investigación por los delitos de secuestro, homicidio y asociación ilícita en la muerte del ex químico de la Dina,Eugenio Berríos, ocurrido a partir de octubre de 1991 en Chile y Uruguay.En fallo dividido la Segunda Sala Penal integrada por los ministros Milton Juica, Hugo Dolmestch, Carlos Künsemüller, Haroldo Brito y Lamberto Cisternas  rechazaron los recursos de casación planteados y confirmaron las penas dictadas por la Corte de Apelaciones de Santiago contra militares en retiro de  Chile y Uruguay. 
Arturo Silva Valdés: 15 años y un día por su responsabilidad como autor de secuestro con homicidio y 5 años y un día por asociación ilícita. Sin beneficios.
Hernán Ramírez Rurange: 10 años y un día por su responsabilidad como autor de los delitos de secuestro, 10 años y un día por asociación ilícita y absuelto de  obstrucción a la justicia. Sin beneficios.
Eugenio Covarrubias Valenzuela: 10 años y un día por autor de secuestro y 5 años y 1  día  por asociación ilícita, absuelto de su participación como encubridor de secuestro con homicidio y obstrucción a la justicia. Sin beneficios
Jaime Torres Gacitúa: 10 años y un día por su responsabilidad como autor de secuestro y 5 años y un día por asociación ilícita. Sin beneficios.
Manuel Provis Carrasco: 10 años y un día por su responsabilidad como autor de secuestro y  5 años y un día asociación ilícita. Sin beneficios.
Pablo Rodríguez Márquez: 10 años y un día por su responsabilidad como autor de secuestro y 800 días por asociación ilícita. Sin beneficios
Raúl Lillo Gutiérrez: 10 años y un día por su responsabilidad como autor de secuestro y 800 días por  asociación ilícita. Absuelto del cargo de obstrucción a la justicia obstrucción a la justicia. Sin beneficios.
Manuel Pérez Santillán: 5 años y un día por su responsabilidad como cómplice de secuestro y absuelto del cargo asociación ilícita. Sin beneficios
Tomás Casella Santos (militar uruguayo): 10 años y un día por su responsabilidad como autor de secuestro y 5 años y un día asociación ilícita. Sin beneficios.
Eduardo Radaelli Copolla (militar uruguayo): 10 años y un día  por su responsabilidad como autor de secuestro y 800 días por asociación ilícita. Sin beneficios.
Wellington Sarli Pose (militar uruguayo): 5 años y un día por su responsabilidad como cómplice  de secuestro y 60 días  asociación ilícita. Sin beneficios
Marcelo Sandoval Durán: 10 años y un día por su responsabilidad como autor de secuestro,  800 días por  asociación ilícita y absuelto por  infracción al artículo 295 bis del Código Penal. Sin beneficios
Nelson Román Vargas: 10 años y un día por su responsabilidad como autor de secuestro,  800 días asociación ilícita y absuelto del cargo  infracción al artículo 295 bis del Código Penal . Sin beneficios
Fernando Torres Silva: 10 años y un día por su responsabilidad como autor de asociación ilícita. Sin beneficios. 
Enrique Ibarra Chamorro: absuelto por su responsabilidad como autor de asociación ilícita.
Mario Cisternas Orellana: absuelto por su responsabilidad como autor de infracción al artículo 295 bis del Código Penal.
Nelson Hernández Franco: absuelto por  su responsabilidad como autor de infracción al artículo 295 bis del Código Penal.
Erika Silva Morales: absuelta por  su responsabilidad como autor de infracción al artículo 295 bis del Código Penal.
Emilio Rojas Gómez: absuelto por su responsabilidad como autor de obstrucción a la justicia.
En el aspecto civil se acogió el recurso de casación planteado por el Fisco y se rechazó la demanda civil presentada por los familiares de la víctima.

No hay comentarios:

Publicar un comentario